000 01400nam a22001817a 4500
999 _c8341
_d8341
005 20240404200418.0
008 240404b ||||| |||| 00| 0 eng d
040 _cBADP
082 _aChacón N° 3, 1937
110 _96554
_aDirección General de Minas y Petroleo
245 _aMemorandum :
_bpresentado por el director general de minas y petroleo acerca de la caducidad en que ha incurrido la Standard Oil Company of Bolivia por defraudación de los intereses fiscales
260 _aLa Paz, Bolivia:
_bImprenta Eléctrica,
_c1937
300 _a19 p.
505 _aPara realizar una exposición metódica del asunto referente a la caducidad de The Standard Oil Company of Bolivia, por defraudación comprobada de los intereses fiscales, voy a dividir el tema en los siguientes puntos: 1.-Discusiones sostenidas en 1928 sobre la interpretación de cláusula trigésima del contrato de la Standard Oil, de 27 de julio de 1922. 2.-La Resolución Suprema de 12 de julio de 1928. 3.-El memorial de 22 de octubre de 1938 en el que se confiesa la producción y exportación de petróleo en 1925 y 1926. 4.-Identidad del contrato de Richmond Levering & Co. con el de la Standard Oil Company of Bolivia, y la vigencia de la segunda parte de la cláusula 18 del primer contrato.5.-Conclusion es.
653 _aDEFRAUDACIÓN TRIBUTARIA
653 _aSTANDARD OIL COMPANY OF BOLIVIA
942 _2ddc
_cCC