000 01350nam a22002177a 4500
999 _c10406
_d10406
005 20250226185506.0
008 250226b ||||| |||| 00| 0 esp d
040 _cBADP
082 _aF 323/ D313c 6a. ed.
110 _95818
_aBolivia. Defensor del Pueblo
245 _aConvenio (N° 169):
_bsobre pueblos Indígenas y Tribales en Paises Independientes
250 _a6a. ed.
260 _aLa Paz, Bolivia:
_bOficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos,
_c2008
300 _a35 p.
505 _aLey No. 1257 de 11 de julio 1991. Política general. Tierras. Contratación y condiciones de empleo. Formación profesional, artesanía e industrias rurales. Seguridad social y salud. Educación y medios de comunicación. Contactos y cooperación a través de las fronteras. Administración. Disposiciones generales. Disposiciones finales.
520 _aEl Defensor del Pueblo impulsa la publicación en extenso del convenio 169 para promover la divulgación de los derechos que amparan a indígenas y campesinos en Bolivia. La vigencia del convenio 169 de la OIT se constituyó rápidamente en una bandera de lucha de los pueblos indígenas y formo parte de la gran civilización de 1990.
653 _aACUERDOS INTERNACIONALES
653 _aNO DISCRIMINACION
653 _aPUEBLOS INDIGENAS
942 _2ddc
_cF