000 -CABECERA |
campo de control de longitud fija |
02934nam a22002057a 4500 |
005 - FECHA Y HORA DE LA ÚLTIMA TRANSACCIÓN |
campo de control |
20230704235757.0 |
008 - DATOS DE LONGITUD FIJA--INFORMACIÓN GENERAL |
campo de control de longitud fija |
230704b ||||| |||| 00| 0 eng d |
040 ## - FUENTE DE LA CATALOGACIÓN |
Centro/agencia transcriptor |
BADP |
082 ## - NÚMERO DE LA CLASIFICACIÓN DECIMAL DEWEY |
Número de clasificación |
327.850 861/ B152r |
100 ## - ENTRADA PRINCIPAL--NOMBRE DE PERSONA |
9 (RLIN) |
1279 |
Nombre de persona |
Bakula, Juan Miguel |
245 ## - MENCIÓN DE TÍTULO |
Título |
Las relaciones internacionales entre Perú y Colombia |
260 ## - PUBLICACIÓN, DISTRIBUCIÓN, ETC. |
Lugar de publicación, distribución, etc. |
Santa Fe, Bogotá: |
Nombre del editor, distribuidor, etc. |
Temis S.A., |
Fecha de publicación, distribución, etc. |
1997 |
300 ## - DESCRIPCIÓN FÍSICA |
Extensión |
461 p. |
505 ## - NOTA DE CONTENIDO CON FORMATO |
Nota de contenido con formato |
I. Las relaciones culturales II. Documentos y comentarios III. Cronología |
520 ## - SUMARIO, ETC. |
Sumario, etc. |
Los capítulos describen la larga y lenta agonía colombo-peruana para fijar sus límites territoriales, época que va del Tratado de Mosquera-Monteagudo de 1822 al Salomón-Lozano de 1922, o sea cien años de enconada lucha que bien hubiera podido ser un siglo de entendimiento y cooperación si nos atenemos a esas relaciones culturales, que fueron tan estrechas. Para examinar, aun cuando sea someramente este siglo de estériles discusiones, forzoso es que me refiera al Uti Possidetis Juris, principio del derecho internacional americano, formulado en la Constitución de Angostura de 1819 y lado Cúcuta de 1821, y luego desarrollado en 1822 por don Pedro Gual, primer secretario del despacho de Relaciones Exteriores de la República de Colombia. Brevemente expuesto, este principio es el de que la delimitación entre los territorios de los nuevos Estados surgidos de la desintegración de otros, debe seguirlas líneas jurisdiccionales de los antiguos virreinatos, audiencias, capitanías generales o comandancias en las cuales se dividía en 1810 el imperio español en América. Sin embargo, la aplicación del principio a la delimitación con el Perú, encontró desde un principio el obstáculo de la Real Cédula de 1802. Por este actoregio se agregó al Virreinato del Perú la Comandancia de las Misiones de Maynasy Quijos, anteriormente dependientes de la jurisdicción eclesiástica del Virreinato de Santafé. Bolívar tenía una idea vaga de la existencia de la dicha Real Cédula, pero ante la imposibilidad en que estuvo don Joaquín Mosquera de entenderse con el ministro peruano Monteagudo, resolvió enviar al general Sucre en misión diplomática ante el Perú, recomendándole que dejara Jaén al Perú pero que retuviera a Maynas para Colombia. Esta era una interpretación política de la Real Cédula de 1802 y no una opinión jurídica acerca de aquella. Pero las necesidades de la guerra de independencia del Perú impidieron a Sucre culminar su misión. La falta de acuerdo sobre la delimitación, así como sobre otros puntos, llevó a los dos países a la desafortunada guerra de 1829, cuyo tratado de paz de1829 no fijó tampoco los límites precisos sino que dejó tal tarea a un grupo bilateral de comisionados quienes finalmente no pudieron llevar a cabo su cometido. |
653 ## - TÉRMINO DE INDIZACIÓN--NO CONTROLADO |
Término no controlado |
GUÍA DIPLOMÁTICA |
653 ## - TÉRMINO DE INDIZACIÓN--NO CONTROLADO |
Término no controlado |
RELACIONES INTERNACIONALES |
653 ## - TÉRMINO DE INDIZACIÓN--NO CONTROLADO |
Término no controlado |
PERÚ-COLOMBIA |
942 ## - ELEMENTOS DE PUNTO DE ACCESO ADICIONAL (KOHA) |
Fuente del sistema de clasificación o colocación |
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Tipo de ítem Koha |
Books |