Forsthoff, Ernst.
Tratado de derecho administrativo - Madrid, España: Instituto de Estudios Políticos, 1958 - 768 p.
I. Naturaleza e historia del derecho administrativo II. La norma jurídico Administrativa y su aplicación III. La teoría del obrar administrativo IV. Sistema de las prestaciones estatales subsidiarias V. La administración como sujeto de prestaciones VI. El derecho de los organismos y de la organización administrativa VII. La protección jurídica en asuntos administrativos.
En el curso de la crisis del Estado que da comienzo con el fin de la monarquía y que, todavía hoy, no ha sido superada, puede echarse de ver, tras la cambiante decoración constitucional, un proceso constante. La Administración ha ganado en importancia a costa de la Constitución, sus funciones se han extendido a numerosas zonas sociales entregadas hasta ahora a la economía privada, y no sólo la amplitud, sino también la intensidad de estas funciones ha experimentado un impulso considerable. De otra parte, la relación del individuo con la Administración ha sufrido un cambio fundamental, Las nuevas constituciones, concebidas según el ideal del Estado de Derecho burgués, con su división de poderes, han restablecido, es cierto, determinados límites para la administración, pero no han eliminado su supremacía. Las quejas sobre el "absolutismo administrativo" no sólo no han ennudecido, sino que resuenan hoy más intensamente que nunca.
POLITICAS ADMINISTRACION DERECHO
Chacón 342.06/ F734t
Tratado de derecho administrativo - Madrid, España: Instituto de Estudios Políticos, 1958 - 768 p.
I. Naturaleza e historia del derecho administrativo II. La norma jurídico Administrativa y su aplicación III. La teoría del obrar administrativo IV. Sistema de las prestaciones estatales subsidiarias V. La administración como sujeto de prestaciones VI. El derecho de los organismos y de la organización administrativa VII. La protección jurídica en asuntos administrativos.
En el curso de la crisis del Estado que da comienzo con el fin de la monarquía y que, todavía hoy, no ha sido superada, puede echarse de ver, tras la cambiante decoración constitucional, un proceso constante. La Administración ha ganado en importancia a costa de la Constitución, sus funciones se han extendido a numerosas zonas sociales entregadas hasta ahora a la economía privada, y no sólo la amplitud, sino también la intensidad de estas funciones ha experimentado un impulso considerable. De otra parte, la relación del individuo con la Administración ha sufrido un cambio fundamental, Las nuevas constituciones, concebidas según el ideal del Estado de Derecho burgués, con su división de poderes, han restablecido, es cierto, determinados límites para la administración, pero no han eliminado su supremacía. Las quejas sobre el "absolutismo administrativo" no sólo no han ennudecido, sino que resuenan hoy más intensamente que nunca.
POLITICAS ADMINISTRACION DERECHO
Chacón 342.06/ F734t